Desde hace varios años se instaló la necesidad de contemplar el derecho al olvido, y esa presión logró al fin incluirlo en varias legislaciones del mundo. En aquellos países donde no está legislado, la justicia lo reconoció en varias sentencias.
¿Qué es el derecho al olvido? Es el derecho que tienen los ciudadanos de que se “borré” de los buscadores de internet información que puede afectar el honor, la dignidad o reputación de una persona. Tengo que admitir que soy crítico de este derecho por varias razones, pero no quiero entretenerlos ahora.
La idea de estas líneas es pensar en otro derecho que se debe contemplar en internet y es el derecho al perdón.
No debo ser la única persona que observa cómo se inundan las redes sociales de advertencias de ex reclusos que han quedado en libertad, o personas que han sido absueltos por la justicia pero la sociedad los sigue condenando. Sin ir muy lejos el otro día escuchaba a Calu Rivero decir que no iba al programa “Podemos hablar” porque no se sienta con golpeadores, haciendo referencia a Federico Bal, quién fue sobreseído por la justicia de esas acusaciones.
Entonces, ¿con qué derecho se puede seguir manchando la reputación de una persona? ¿Con qué derecho se puede escrachar a un condenado que ya cumplió su pena en prisión?
Se escribió hasta el hartazgo de la justicia 2.0, de los escraches o como se quiera titular estos temas pero, la gravedad del asunto merece su tratamiento una y otra vez. Bajo ningún punto de vista podemos perder de vista la importancia de la justicia y por sobre todas las cosas el respeto de sus decisiones.
Entonces, acá no se trata del derecho al olvido, sino del derecho al perdón. Tenemos que entender que no se trata de poder borrar una, dos o varias noticias sobre uno. De lo que estamos hablando es del derecho de una persona de dar vuelta la hoja de su pasado y seguir con su vida habiendo ya cumplido su condena. Y en el peor de los casos habiendo ya demostrado su inocencia en la justicia.
En la era de internet y el poder de las redes sociales, debemos tener mucho cuidado de las condenas sociales a cadena perpetua.
Nota publicada en el diario El Cordillerano.
Abogado Argentino especializado en Derecho informático y Nuevas Tecnologías. Docente e Investigador en UES 21. Director de consumidorenlaweb.com